Pues verás, desde
el 1 de septiembre de 2014, es ilegal. Citando el Real Decreto Ley 8/2014 de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia, aprobado por el Gobierno en dicha fecha:
".................De cara a trasladar de
inmediato este beneficio a los clientes finales (ordenantes de los pagos), se prohíbe
expresamente que las empresas beneficiarias del pago trasladen cualquier tipo de gasto
o cuotas adicionales por la utilización de la tarjeta de débito o de crédito......."
Este tipo de comisión, se produce porque al pagar con tarjeta, la empresa que te vende el producto te está repercutiendo lo que su entidad bancaria le cobra por disponer del servicio de pago con tarjeta.
Es como si al comprarte unos vaqueros en una tienda física, y pagarlos con tarjeta, el precio de los vaqueros se incrementa en 2 eur, (por ejemplo). Esto nos parece obvio. Pues lo mismo ocurre en una tienda virtual (billetes de avión, de autobús, etc)
¿Cómo reclamo?
Pues esta vez no tienes que acudir al banco, aunque sea por el pago de tarjeta, si no al Servicio de Atención al Cliente de la compañía.
Por lo general, en la misma pagina web de la empresa habrá una manera de ponerse en contacto con Servicio de Atención al Cliente (mail, telefono (no usar), formulario de contacto). Pero recuerda!!!
Siempre por escrito
Os facilito un ejemplo
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Muy Sres. míos:

El pasado mes de abril reclamé una comisión de 5.20 eur a una empresa de autobuses. El importe fue añadido al coste del billete por comprarlo por internet en concepto de "gastos de gestión".
ResponderEliminarHoy lo tengo abonado en a cuenta.
Dedicaremos un artículo completo a esto